Varios colectivos recurren ante el Puerto de Alicante el acuerdo de modificación de la concesión que posibilita la macroplanta de combustibles

Reiteran el incumplimiento del convenio de 1995, que firmó la propia Autoridad Portuaria, y piden la suspensión de la ejecución del acuerdo

 

Fotomontaje  de los depósitos de combustible que se pretenden instalar en el puerto de Alicante. (M.A. Pavón)

Varios colectivos y entidades han recurrido en reposición, ante la Autoridad Portuaria de Alicante, el acuerdo por el que el pasado mes de julio se aprobó la modificación de la concesión portuaria que posibilita la planta de combustibles del Puerto, desoyendo las más de 1.300 alegaciones presentadas contra un proyecto insostenible que supone un retroceso inaceptable en el proceso de integración puerto-ciudad y una amenaza para la seguridad y el medio ambiente 

Asociaciones de vecinos de la ciudad como Gran Vía Sur Puerto, San Gabriel, El Templete de Benalúa o La Voz de La Florida, otros colectivos locales como Controversia, y varias entidades supramunicipales como el colectivo conservacionista Amigos de los Humedales del Sur de Alicante (AHSA), el Área de Medio Ambiente y Territorio de Esquerra Unida en l’Alacantí, o los colectivos de ámbito autonómico Democràcia en Verd y la Confederación de Asociaciones de Vecinos de la Comunidad Valenciana CAVE-COVA, han suscrito un recurso que pretende que dicho acuerdo se anule y que se suspenda su ejecución ante la posibilidad de perjuicios de imposible o difícil reparación. Todos los recursos presentados se suman al que recientemente ha interpuesto Ecologistas en Acción.

Fotomontaje de los depósitos de combustible con los radios de 1.000m y 2000m y las zonas sensibles de la ciudad que podrían verse afectadas en caso de accidente (M.A. Pavón)

Los recurrentes denuncian la opacidad del acuerdo, que ni siquiera ha sido publicado en su integridad, incumpliéndose la ley del procedimiento administrativo común, así como el incumplimiento del convenio firmado a cinco bandas en 1995 (Ministerio, Generalitat, Ayuntamiento, Autoridad Portuaria y CLH) para evitar que en el Puerto de Alicante se implantaran en el futuro nuevas plantas de combustible tras la retirada al Bacarot de los antiguos depósitos de CAMPSA, un convenio que suponía cumplir con una serie de directrices entonces aplicables y que siguen estando vigentes en el caso del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad.

Como insultante valoran que la Autoridad Portuaria pretenda equiparar, en la contestación a las alegaciones, la peligrosidad de la macroplanta de combustibles (110.000 toneladas en su primera fase) con los depósitos de combustible de una simple estación de servicio, la situada en la calle Federico Mayo (250 toneladas como máximo), y resaltan su peligrosidad sobre varios barrios de la ciudad y sobre dos espacios marinos protegidos de la Red Natura 2000, el LIC y ZEPA de Tabarca y el LIC del Cap de l’Horta. Reiteran la ausencia de documentos exigibles como un estudio de impacto ambiental, una autorización de emisiones a la atmósfera y un informe autonómico de seguridad, y restan todo valor a los informes municipales aportados por la promotora respecto a aspectos ambientales, informes emitidos en el marco de un expediente que no ha concluido, no teniendo por tanto valor alguno mientras no concluya el expediente de licencia ambiental y de obra mayor iniciado en 2013 ante el Ayuntamiento de Alicante.

 

Costa de Aguamarga, cuya zona marítima está incluida en el LIC y ZEPA de Tabarca (J. Ramos)

Reiteran que, en su opinión, no puede descartarse que pueda darse en el futuro una segunda fase para que la capacidad total de la planta supere las 700.000 toneladas, y califican este proyecto como una primera fase a modo de caballo de Troya que contiene en su interior una segunda fase que figuraba, negro sobre blanco, en el proyecto sometido a información pública en las dependencias del Puerto, por mucho que ahora el Puerto pretenda negar esa segunda fase con escritos de la propia concesionaria, TMS. Un fraccionamiento del proyecto que, en opinión de los recurrentes, supone un fraude de ley. Por último, insisten en que puede estar vulnerándose la legislación sobre contratación y libre competencia al modificarse la concesión para permitir una planta inicialmente no contemplada sin que se haya licitado una nueva concesión.

 

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