En abril de 2021 la Asociación de Amigos de los Humedales del Sur de Alicante (AHSA) presentó alegaciones a la versión preliminar del decreto del Consell por el que se aprueban las normas de gestión de las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) Laguna de Salinas, Salero y Cabecicos de Villena, Maigmó i Serres de la Foia de Castalla, Arenal de Petrer y Sierra de Salinas y de las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Cabeço d’Or i La Grana, Sierra de Salinas, Maigmó i Serres de la Foia de Castalla y Riu Monnegre, espacios protegidos por la legislación europea.
En su escrito de alegaciones, AHSA llamaba la atención sobre el impacto que la generalización del uso de la bicicleta de montaña está produciendo en buena parte de las áreas forestales del interior alicantino, donde este actividad está provocando la destrucción de vegetación natural, causando una sensible degradación de zonas de matorral y monte bajo, agravando además los procesos erosivos que sufren estos frágiles ecosistemas.
Amigos de los Humedales advertía en su escrito que este impacto no solamente no estaba recogido en el apartado de identificación de presiones y amenazas en la propuesta sometida a información pública sino que remitía la regulación de la circulación de bicicletas en estos espacios protegidos a lo establecido por el Decreto 179/2004 de regulación de senderismo y deportes de montaña, una legislación que, según los ecologistas, no afecta a esta actividad, siendo el Decreto 8/2008 por el que se regula la circulación de vehículos por los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana, la legislación que limita la circulación en terrenos forestales, prohibiendo la circulación de todo tipo de vehículos fuera de las pistas y sendas forestales.
Debido a la gran cantidad de sendas abiertas por el paso continuado de bicicletas de montaña, AHSA propuso que en la normativa se prohibiera la circulación de cualquier tipo de vehículo , sin autorización, fuera de los senderos inscritos en el Registro público de senderos de la Comunitat Valenciana, en todo el ámbito territorial de aplicación del proyecto de Decreto.
El pasado mes de noviembre la Consellería de Transición Ecológica respondió las alegaciones informando que el criterio que se seguirá en este caso se basa en el análisis específico por zonas, de forma que se excluyan en su caso aquellas áreas consideradas sensibles o, en general, las que no formen parte del correspondiente catalogo de itinerarios, cuya confección y aprobación será impulsada desde el ámbito de gestión de la red Natura 2000, por lo que incluso algunos senderos que forman parte del registro público pueden ver limitada la circulación de bicicletas de montaña.
Por otra parte, en respuesta a una alegación de AHSA, también se aceptó incorporar a la norma, la solicitud a la Dirección General de Aviación Civil la restricción de vuelo rasante en el pantano de Tibi, donde es frecuente la realización de prácticas con helicópteros, tanto civiles como militares.