EL TSJ RECHAZA LA AMPLIACIÓN DEL CAMPO DE GOLF DEL PLANTÍO EN LA SIERRA DE COLMENARES

Nota de prensa de Ecologistas en Acció del País Valencià y Esquerra Unida informando rechazando la ampliación de un campo de golf en la cara norte de esta pequeña e interesante sierra costera que flanquea el saladar de Aguamarga

 

ENHORABUENA!!!!

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Saladar de Aguamarga, al fondo la sierra de colmenares (M.A. Pavón)

NOTA DE PRENSA CONJUNTA 3-7-2014

ECOLOGISTES EN ACCIÓ DEL PAÍS VALENCIÀ – ESQUERRA UNIDA ALACANT

El TSJ anula la nueva DIC de El Plantío estimando el recurso conjunto de EU y Ecologistas en Acción

 

Los ecologistas y la formación de izquierdas recurrieron en 2011 ante el alto tribunal autonómico la declaración de interés comunitario aprobada por el Consell en mayo de 2010 para ampliar el campo de golf. La sentencia, contra la que cabe casación y que cuenta con el voto discrepante de uno de los cinco magistrados de la Sala – Edilberto Narbón -, considera que el acuerdo del Consell vulnera las leyes valencianas del suelo no urbanizable y de protección del paisaje, las normas urbanísticas del Plan General de Alicante, la legislación estatal de impacto ambiental y los principios rectores de la legislación estatal y europea de contratación

 

El portavoz del grupo municipal de Esquerra Unida en el Ayuntamiento de Alicante, Miguel Ángel Pavón, y el portavoz de Ecologistes en Acció del País Valencià, Carlos Arribas, han informado hoy de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) por la que se anula la declaración de interés comunitario (DIC) que el Consell aprobó en mayo de 2010 para ampliar el campo de golf de El Plantío, en la partida alicantina de Bacarot, estimando varios de los motivos impugnatorios contenidos en el recurso conjunto que el grupo ecologista y la formación de izquierdas interpusieron en 2011. Tanto Arribas como Pavón han calificado la actuación vinculada a la DIC como insostenible y agresiva con el patrimonio natural y paisajístico de la ciudad, de la partida de Bacarot y del hito protegido de la Sierra de Colmenares. El recurso trasladó al TSJ varios incumplimientos legales que han sido ratificados por el alto tribunal autonómico: desde el incumplimiento de la ley valenciana del suelo no urbanizable, que no permite que una DIC afecte a suelo no urbanizable protegido – su ámbito incluyó casi 500.000 m2 calificados por el vigente Plan General como suelo no urbanizable protegido de rambla -, al de las propias normas urbanísticas del aún vigente Plan General, que no permiten destinar a uso deportivo suelo protegido de rambla, pasando por la legislación estatal de impacto ambiental al no haberse sometido la actuación a un proceso de evaluación ambiental estratégica.

 

El recurso, defendido por el letrado José Luis Romero, también es estimado por el TSJ por incumplirse el reglamento valenciano de paisaje, al no haberse tramitado el preceptivo estudio de integración paisajística conjuntamente con la DIC, y los principios rectores de la ley de contratos y de las directivas europeas de contratación, al haberse vulnerado la exigencia de publicidad en el Diario Oficial de la Unión Europea. La sentencia anula también el incremento del techo edificable en 8.000 m2 respecto a la DIC de 1993, rechazando el intento del promotor de la DIC, el empresario Manuel Ferry, de legalizar el exceso de edificación consumado en el actual campo de golf mediante una licencia municipal concedida en 2005 para construir más de 200 apartamentos turísticos. Tanto Miguel Ángel Pavón como Carlos Arribas celebran que el TSJ anule una actuación que, como el Plan Rabassa – también anulado por el TSJ y bajo sospecha penal por su presunto amaño -, “es un pelotazo y una clara muestra de las nefastas, insostenibles e ilegales prácticas urbanísticas de los dos últimos alcaldes de la ciudad, los imputados Luis Díaz Alperi y Sonia Castedo, y del gobierno del ex presidente de la Generalitat Francisco Camps, cuyo Consell, siendo conseller de medio ambiente y urbanismo Juan Cotino, aprobó la DIC. Todos ellos y su partido reciben un merecido varapalo con esta sentencia”.

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