Amigos de los Humedales del Sur de Alicante (AHSA) y varios vecinos de la ciudad de Alicante han presentado alegaciones ante la conselleria de Política Territorial para que no se otorgue declaración de interés comunitario (DIC) a una nueva planta más de residuos de la construcción y demolición (RCDs) en la partida de Fontcalent, en este caso promovida por la mercantil Transportes y Excavaciones Pasant SL sobre una parcela de 21.000 m2, por su negativo impacto territorial, ambiental y paisajístico tanto sobre dicha partida como sobre el humedal y la microrreserva de flora del Saladar de Fontcalent. El pasado mes de mayo ecologistas y vecinos ya alegaron contra otra DIC de otra planta de RCDs en la partida de Fontcalent (promovida por la mercantil Reciclados y Áridos del Sureste SL sobre una parcela de 67.000 m2,), una partida rural de la ciudad de Alicante que denuncian que parece querer convertirse en un gran y caótico vertedero de residuos.
En primer lugar, ecologistas y vecinos vuelven a plantear que la partida de Fontcalent no debe acoger más instalaciones molestas e insalubres, que debe detenerse la proliferación de nuevas plantas de residuos en esta castigada partida para revertir la espiral de deterioro de su calidad de vida, ambiental y paisajística, y que debe primarse el mantenimiento del medio rural, tal y como establece el vigente Plan General de Alicante. Tras mencionar en sus alegaciones la planta de residuos de UTE Alicante, la planta de RCDs sin licencia municipal de Llegando a la Cima SL, la proyectada planta de abonos de Abornasa o la planta de RCDs contra la que alegaron en mayo, piden que se realice una valoración acumulativa del impacto territorial de todas las instalaciones existentes y previstas en la partida de Fontcalent.
En segundo lugar, solicitan que se valore el impacto de la nueva planta sobre el acuífero subyacente y la zona húmeda y la microrreserva de flora del Saladar de Fontcalent. La parcela afectada se sitúa sobre la cuenca hidrológica y paisajística del Saladar de Fontcalent, un humedal que cuenta con una ficha (N6) en la sección de patrimonio natural del provisionalmente aprobado Catálogo de Protecciones de Alicante. Los alegantes consideran que el impacto de la nueva planta sobre el humedal será negativo por posibles fugas de aguas residuales y del lavado de camiones, de lixiviados e incluso de combustibles de un surtidor de 5.000 litros que se incluye en las instalaciones proyectadas, destacando además que todos los terrenos de la parcela presentan una alta permeabilidad, tal y como queda acreditado en la cartografía del Generalitat relativa a las áreas críticas frente al cambio climático-permeabilidad, y que unos 4.500 m2 de la parcela están afectados por una zona de peligrosidad geomorfológica que el PATRICOVA asocia al humedal del Saladar de Fontcalent, con el agravante de que parte de la nave de tratamiento de residuos, la balsa de lixiviados, las zonas de acopio de áridos y la balsa de decantación se sitúan dentro de dicha zona de peligrosidad.
En otras alegaciones denuncian que no se considere la contaminación atmosférica que puede producir la manipulación de residuos al poder contener materiales pulverulentos, que no se analicen alternativas de emplazamiento o que se pretenda ignorar que existen en el entorno numerosas viviendas consolidadas en suelo no urbanizable, algunas a menos de 300 metros.
Por ello plantean alternativas viables de emplazamiento en polígonos industriales cercanos como Pla de la Vallonga (situado a poco más de 2.000 metros de la parcela de la DIC) o Las Atalayas (situados a 3.500 metros).
Por último, señalan que se eliminaría arbolado de secano – algarrobos y olivos – en los terrenos de la parcela, sobre la que ya se han realizado obras – que ya han eliminado parte de ese arbolado – para lo que parece un aparcamiento de camiones cuya legalidad han pedido a conselleria que sea investigada, denuncian que no se ha incorporado al estudio de integración paisajística ni el resultado del preceptivo proceso de participación pública ni simulación visual alguna del paisaje resultante tras la construcción de la planta, y rechazan la propuesta de la empresa para el plazo de la DIC, el máximo previsto por ley, 30 años, reiterando que la DIC debe denegarse.